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Writer's picture: Orlando GomezOrlando Gomez



En Estados Unidos, Europa y Latinoamérica se están dando los primeros destellos de una nueva ola de flexibilización normativa con el propósito de promover competitividad a la que la República Dominicana no puede darse el lujo de quedar en las gradas. Si bien hay mucha tela por donde cortar en el complejo engranaje regulatorio de la República Dominicana, para esta propuesta me voy a enfocar en una figura relativamente nueva que se ha venido contagiando en las distintas ramas del Derecho empresarial que entiendo debe ser cortada de raíz, esta es la del “oficial responsable”.


La figura del “oficial responsable” entra en el vocablo corporativo dominicano con la implementación de la Ley FATCA de los Estados Unidos de América en el 2014. El “oficial responsable” es una persona física que asume una responsabilidad personal por el cumplimiento de una entidad con una normativa. En el caso de FATCA, esta persona es responsable de asegurarse que la entidad financiera cumpla con dicha normativa, si la entidad falla este puede estar sujetos a sanciones personales que incluyen multas y prisión.


A primera vista, y hasta ahora así lo han visto la mayoría de los reguladores, la figura luce formidable puesto que a base de intimidar a una persona concreta y específica dentro de la entidad con sanciones gravísimas, imaginan que pueden lograr el cumplimiento normativo de sus regulados por vía de la presión interna que ese “oficial responsable” pueda ejercer sobre la directiva y alta gerencia de la entidad. 


Tan popular se ha vuelto la figura, que del “oficial responsable” de FATCA, ya vamos por los oficiales responsables de prevención de lavado, tributario, ciberseguridad, protección de datos personales, protección al consumidor, responsabilidad social y una lista que sigue creciendo al parecer subjetivo de los burócratas; sin sopesar por un momento que la misma es sumamente dañina para los regulados y no logran el propósito que buscan.  


De arrancada, la exigencia de oficiales responsables para alguno o todos los actores económicos es una enorme barrera de entrada que atenta contra el derecho de los consumidores a un mercado en libre competencia. El “oficial responsable” no sólo demanda un alto precio por la responsabilidad que asume, sino que de partida exige la imposición de controles y procesos que tenderán ser excesivos para la naturaleza del riesgo que se busca cubrir, por la única razón de que está exponiendo su responsabilidad personal. Ese costo puede ser prohibitivo para empresas pequeñas y medianas. 


Y así como a una organización pequeña o mediana el “oficial responsable” le tenderá a quedar muy grande, en las organizaciones grandes este tenderá a ser demasiado pequeño. No es humanamente posible para una persona llevar el control de todos los procesos y operaciones de una gran organización, ni ninguna persona individual, que no sea el Presidente Ejecutivo, va de manera creíble a modificar o influenciar de forma material las decisiones de negocios u operativas de ese tipo de organizaciones. 


FATCA tuvo mucho cuidado en delimitar el tipo de organización al que alcanzaba y definir claramente la responsabilidad del “oficial responsable” que creó, pero las siguientes versiones de la figura no han tenido ese cuidado, lo que les hace esencialmente roles infuncionales. Esta es una figura que debería desaparecer con la misma urgencia que se propagó.


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