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Writer's pictureOrlando Gomez


En mi artículo anterior resalté como el Estado dominicano se viene auto-imponiendo trabas en su capacidad de hacer cosas, y en dicho escrito me concentré en el ejemplo de una ley originalmente aprobada para que el Estado pudiera impulsar la construcción y ejecución de proyectos que beneficien el desarrollo del país, pero que por la estructuración legal de la legislación en la práctica esta se lo ha impedido, la historia de la Ley de Alianzas Público-Privadas. Deseando resaltar que esto no es el problema de una ley, si no una actitud sistemática de ahogar procedimentalmente la capacidad estatal, ahora veamos la Ley de Fideicomisos Públicos.


Durante 10 años el Estado dominicano vino utilizando la figura del fideicomiso como un vehículo elegante para ejecutar proyectos complejos y de largo plazo de forma segura, transparente y efectiva. No es fácil recordar una capacidad de acción del Estado dominicano en temas tan diversos y complejos como en la red de autopistas del país, la construcción de complejos habitacionales, la administración de la principal planta de generación eléctrica en nuestro sistema y hasta la ejecución de un plan general de desarrollo provincial de una forma tan ágil y efectiva que como cuando se utilizaron los fideicomisos.


Sin embargo, en el 2023 se introdujo y aprobó una Ley de Fideicomisos Públicos y esa capacidad estatal de repente se desvaneció. No solo la creación de nuevos fideicomisos por parte del Estado se ha detenido drásticamente, sino que el desarrollo de los proyectos que ya estaban corriendo previo a la ley se han visto notoriamente desacelerados. El Estado estaba haciendo para sus ciudadanos, y de repente eligió ponerse una camisa de fuerza normativa limitando su capacidad estatal. 


Una de las bondades de los fideicomisos antes de la ley era que su estructuración legal le permitía ejecutar sus objetivos de manera efectiva y transparente de acuerdo a las necesidades de cada proyecto. La ley deshizo esto al imponerle el esquema de compras y contrataciones de la Ley 340-06, cual si fuera la Biblia de la transparencia y eficiencia, a todos los fideicomisos públicos sin considerar la naturaleza y objetivo de los mismos. 


Esto necesariamente nos lleva a un punto común en la pérdida de capacidad de ejecutar que viene afectando al Estado dominicano, la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones, sobre el cual abundaré en otro artículo. 


El Estado dominicano necesita poder hacer cosas, construir la infraestructura que el país necesita para continuar su desarrollo, administrar esa infraestructura para darle los mantenimientos necesarios y extenderla para beneficiar a más personas, ejecutar planes de desarrollo a largo plazo sean estos regionales, de mercados o de inversión de capital, etc. Esto no va a ser posible si a cada solución que le llegue para atender esta necesidad el mismo Estado lo regula hasta inutilizarlo, y este problema debemos tomarlo muy en serio, porque de su solución no solo depende nuestro desarrollo sino la credibilidad de toda nuestra democracia.


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