Si bien la modificación del Código de Procedimiento Civil no acapara los titulares como lo han hecho las modificaciones al Código Procesal Penal y el Código Penal, su adecuación es tanto o más urgente que estos últimos. Cuando se aborde esa necesaria modificación uno de los puntos que entiendo deben ser centrales para la misma es la introducción de la etapa de descubrimiento probatorio en los procesos civiles, comerciales y administrativos.
La figura del descubrimiento probatorio es muy propia del common law y consiste en un proceso en el cual las partes involucradas en un conflicto documentan las pruebas escritas y testimoniales que serían presentadas en un potencial juicio. Es un proceso extrajudicial en el que no interviene un juez o personal vinculado al tribunal.
El proceso permite a las partes en conflicto conocer todas las evidencias que podrían intervenir en el proceso, saber de antemano el contenido de la evidencia testimonial que pudiera presentar su contraparte y tener una mejor visión de la evidencia y por ende sus posibilidades de ganar o no la disputa antes de entrar a un juicio formal.
Como resultado del proceso mismo las partes tienden a valorar mejorar los méritos de su casos y facilita llegar a acuerdos prejudiciales, suponiendo un ahorro significativo de tiempo y dinero para las partes involucradas en estos procesos.
Este procedimiento ha probado ser mucho más efectivo en reducir la litigiosidad de los conflictos en Estados Unidos que otros procesos como la conciliación y el arbitraje los cuales han sido introducidos en la mayoría de las jurisdicciones en el mundo buscando ese tipo de efectos para descargar el pesado trabajo de los tribunales.
Desde que se introdujo la regulación del procedimiento en 1938, y en parte gracias a este, los casos que llegan a juicio en los Estados Unidos hoy en día son menos del 1%. Para un país como el nuestro, dónde la mora judicial es elevada, la introducción de un proceso prejudicial como el descubrimiento probatorio en los procedimientos civiles, comerciales y administrativos pudieran traer un enorme alivio sobre la actual carga que llevan nuestros tribunales.
La modificación del Código de Procedimiento Civil va al centro de muchas de las causas de la mora judicial en nuestro país y debe ser retomada con un enfoque a eficientizar el proceso ante los tribunales, y fuera de estos, con miras a reducir los costos tanto para las partes como para el mismo sistema de administración de justicia, y ahí radica su importancia para llevar los procesos judiciales en la República Dominicana hacia la modernidad.
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